Guía práctica sobre la prestación por desempleo

En general, los despidos abren la puerta a situaciones estresantes en las que los recién desempleados se encuentran perdidos. Al margen de lo que esto supone en el plano emocional, en un ámbito más práctico, muchas personas no saben cómo obtendrán ingresos hasta que encuentren un nuevo puesto de trabajo o si tienen derecho a solicitar algún tipo de ayuda o subvención. Una de estas ayudas es la prestación por desempleo.

¿Qué es y cuáles son los requisitos para solicitarla?

La prestación por desempleo es una ayuda económica que el gobierno concede a aquellas personas que, a pesar de querer y poder trabajar, han perdido su puesto de trabajo de forma involuntaria y están en búsqueda activa de empleo.

No es necesario haber sido despedido para poder solicitar esta prestación: también es posible que puedas acceder a ella si han reducido temporalmente tu jornada laboral entre un 10 % y un 70 %, si no has superado el periodo de prueba o si este despido es de carácter temporal, como es el caso de los ERE o ERTE.

Requisitos para acceder a la prestación por desempleo

Aunque la situación de cada persona es única y, en función de cada caso, los requisitos pueden variar, existen una serie de requisitos mínimos que todos los solicitantes de prestación por desempleo deben reunir:

  • Estar afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la prestación por desempleo.
  • Encontrarse en una situación legal de desempleo y estar disponible para buscar activamente un nuevo puesto de trabajo. Para ello se debe presentar un compromiso de actividad.
  • Inscribirte como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y renovar la inscripción mientras percibes la prestación.
  • No percibir rentas que superen el 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI).
  • No haber cumplido la edad de jubilación.

¿Puedo cobrar el paro si he trabajado menos de un año?

Es común que las personas que no hayan llegado al año de cotización se encuentren en situación de desempleo y quieran cobrar el paro. En este punto, hay que tener en cuenta un concepto importante: las cargas familiares, esto es, si dependen económicamente de ti hijos menores de 26 años, un cónyuge o una persona con discapacidad. Para ello, se tiene en cuenta que la renta familiar mensual no supere el 75 % del SMI.

Por lo tanto, además de lo indicado anteriormente, en el caso de haber trabajado y cotizado durante menos de un año, deberás reunir los siguientes requisitos:

  • Si tienes cargas familiares: haber cotizado a la Seguridad Social durante, al menos, 3 meses y percibirás la prestación por desempleo tantos meses como hayas cotizado. Si has cotizado más de 6 meses, tendrás derecho a 21 meses de prestación.
  • Si no tienes cargas familiares: debes haber cotizado durante, al menos, 6 meses, que será el tiempo durante el cual percibas el paro.

Si he trabajado más de un año, ¿tengo que reunir algún requisito más?

Además de los requisitos que se les exigen a todos los solicitantes, las personas que hayan trabajado y cotizado más de un año, deberán cumplir las siguientes condiciones:

  • Haber trabajado y cotizado a desempleo durante, al menos, 360 días en los seis años anteriores al despido o a la situación legal de desempleo.
  • No realizar una actividad por cuenta propia o ajena a tiempo completo, salvo en casos excepcionales.
  • No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.
  • Tendrás que aceptar lo que se llama una «colocación adecuada», es decir, que, si el SEPE te envía una vacante de empleo, tienes que presentarte, ya que, de no hacerlo, podrían sancionarte o retirarte la prestación.

¿Y si estoy en ERE o en ERTE o me he dado de baja voluntaria?

En el caso de haber cesado de forma voluntaria de tu puesto de trabajo, al no considerarse una situación legal de desempleo, no tendrás derecho a solicitar una prestación. Ahora bien, si tras darte de baja voluntaria accedes a un puesto de trabajo y te despiden o no superas el periodo de prueba de 3 meses, podrás solicitarla, aunque normalmente estos casos los revisan a fondo para evitar fraudes.

A día de hoy, una importante parte de la población se encuentra afectada por un ERE o un ERTE. Aquellas personas que quieran cobrar el paro estando bajo un ERE o ERTE, además de reunir los requisitos comunes y de los desempleados con más de un año cotizado, deben reunir el siguiente requisito, tal y como indica el SEPE:

  • En caso de suspensión de contrato, esta suspensión debe estar acordada en el procedimiento correspondiente, ser temporal y deberse a causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o de fuerza mayor.

Si ninguna de estas preguntas se corresponde a tu situación personal, consulta el sitio web del SEPE para saber si puedes optar o no a la prestación por desempleo.

Solicitud de la prestación por desempleo

Si reúnes los requisitos pertinentes, el siguiente paso es solicitar la prestación por desempleo. Para ello, el SEPE pone a disposición de los ciudadanos varias vías de solicitud:

  • la sede electrónica del SEPE;
  • presencialmente, en cualquier oficina del SEPE, pidiendo cita previa a través de su sede electrónica;
  • en cualquier oficina de registro público; o
  • por correo administrativo.

Podrás solicitarlo en un plazo de 15 días hábiles a partir del último día de vigencia del contrato de trabajo. Fuera de ese plazo, lo podrás seguir solicitando, pero perderás los días de prestación que hayan transcurrido desde que finalizó el plazo legal hasta la fecha efectiva de la solicitud.

Documentación requerida

Aunque en función de cada situación la documentación que debes presentar puede variar, en general, tendrás que reunir la siguiente documentación:

  • El modelo oficial de la solicitud cumplimentado.
  • Un documento de identificación oficial tanto del solicitante como de las personas a su cargo que se incluyan en la solicitud. Esta documentación variará en función de si trata de españoles o extranjeros residentes.
  • Documento bancario en el que aparezca la cuenta en la que ingresar la prestación.
  • Libro de Familia, o, en el caso de personas extranjeras, el documento equivalente.
  • Certificado de la empresa o empresas en las que hayas trabajado en los últimos 6 meses.

Una vez solicitado, podrás consultar el estado de solicitud por Internet en la página de consultas del SEPE.

Cálculo, cuantía y duración de la prestación por desempleo

El SEPE pone a disposición de los ciudadanos un servicio para realizar una estimación de la cuantía y la duración de la prestación por desempleo según tu situación que encontrarás en este enlace. No obstante, a continuación, encontrarás una breve explicación de cómo se calcula el pago y la duración del paro.

Cálculo y cuantía

Por lo general, en el cálculo de la cuantía se tienen en cuenta las cotizaciones que se hayan realizado en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo, pero no se tienen en cuenta las horas extraordinarias. Además, si parte de ese tiempo cotizado se ha tenido en cuenta para percibir una prestación anterior, tampoco computará.

La base de la prestación será la media de la base de cotización de estos seis años:

  • durante los primeros 180 días de prestación, se percibe el 70 % de esta base;
  • a partir de entonces y hasta el final de la prestación, se percibe el 50 %.

La cantidad también dependerá de si tienes personas a cargo (hijos, menores en acogida o personas con discapacidad) y de si estas perciben rentas mensuales inferiores al SMI.

En caso de que vayas a cobrar el paro por una reducción de jornada o una suspensión de contrato, la empresa asumirá la aportación empresarial.

Duración

Para calcular la duración del paro también se tienen en cuenta los días de trabajo cotizados a la Seguridad Social en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. Los días de vacaciones pagadas y no disfrutadas se incluyen en el cómputo.

Para las personas que tuvieran un contrato a tiempo parcial, cada día de trabajo se computa como día cotizado, independientemente del tipo de jornada.

Por lo general, en el SEPE se determina la duración de la prestación en función de una escala que tiene en cuenta los días cotizados y que encontrarás en su sitio web. No obstante, la duración mínima es de 120 días (unos 4 meses) y la máxima, 720 días (unos 2 años).

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