Características de los préstamos en España

Aunque la solicitud de un préstamo es un proceso bastante común y similar en todos los países, cada uno se rige por su propia legislación y, por lo tanto, presenta sus propias características.

Lo que es bastante probable es que, en cualquier parte del mundo, la burocracia y el proceso para solicitar un préstamo se antoje complejo para cualquier persona sin los conocimientos bancarios o financieros adecuados. Si acudes a un banco para que te concedan un préstamo, puede que te faciliten documentación para que comprendas lo que vas a firmar o incluso te asesoren y te expliquen todo lo que necesitas saber; sin embargo, si quieres ir allí con la lección aprendida para que no te deparen sorpresas desagradables, te invitamos a que leas esta pequeña guía.

Préstamos: conceptos que debes conocer

Un préstamo es una operación financiera, que se formaliza bajo la forma de un contrato o acuerdo, en la que una persona o entidad (el prestamista) otorga una cantidad de dinero —u otro activo, aunque, por lo general, los préstamos son dinerarios— (el capital o el principal) a otra persona o entidad (el prestatario). A cambio, el prestatario deberá devolver el capital más los intereses (esto es, el coste por disponer del dinero prestado) al prestamista.

Aparte de estos términos, a la hora de formalizar un préstamo, te encontrarás con otros, como los siguientes:

  • Cuota: son los pagos que se realizan al prestamista para devolver el capital y en los que se distribuyen el capital y los intereses.
  • Plazo: es la duración del préstamo, desde que se otorga el préstamo hasta la fecha en la que se pagará la última cuota, cuando se habrá devuelto la totalidad del capital más los intereses.
  • Aval o garantía de pago: es un contrato en el que una persona o entidad (el avalista) garantiza que asumirá el pago de la totalidad del capital y de los intereses, en caso de que el prestatario no sea capaz de satisfacer el pago de los mismos.
  • Intereses: como hemos explicado antes, es el coste que se cobra al prestatario por disponer del capital del prestamista. Los intereses se expresan como porcentaje del capital y este porcentaje puede variar en función de la duración del préstamo (por lo general, cuanto más dure el préstamo, menor será el tipo de interés) y del riesgo que asume el prestamista a la hora de prestar el dinero (a mayor riesgo, mayor será el tipo de interés).

Las comisiones más comunes de los préstamos

En función de la entidad bancaria o del prestamista, las comisiones variarán, tanto en porcentaje sobre el capital como en el tipo de comisiones que se cobran al prestatario: algunas entidades, para hacer más atractivos sus préstamos, anuncian que no cobrarán comisión de apertura o de amortización anticipada.

En función del tipo de préstamo (si es personal o hipotecario, los cuales son los más habituales), estas comisiones pueden variar, pero, en general, las comisiones que probablemente debas afrontar si te conceden un préstamo serán las siguientes:

  • Comisión de apertura: es un porcentaje sobre el capital que se abona por la concesión del préstamo y que, por lo general, se paga en el momento de firmar el contrato de préstamo.
  • Comisión de estudio: antes de solicitar un préstamo, se comprobará la solvencia del potencial prestatario, para lo cual se lleva a cabo un estudio.
  • Comisión de cancelación anticipada: esta comisión se cobra en caso de que el prestatario desee devolver el capital antes de que finalice el plazo estipulado. ¿Por qué se cobra una comisión? Porque, si se abona todo el dinero antes del plazo acorado, el prestatario pierde dinero procedente de los intereses del préstamo, por lo que este exige un pago para compensar dicha pérdida en caso de que se desee cancelar anticipadamente el préstamo.
  • Gastos de notaría: en caso de que el préstamo se escriture, es decir, se formalice ante un notario, el gasto deben asumirlo, en principio, ambas partes, tanto en los préstamos personales como en los hipotecarios. Este punto es bastante delicado y ha sido objeto de polémica, ya que, hasta hace poco, estos gastos recaían exclusivamente en el comprador, sin embargo, se debe acordar antes de firmar el contrato de préstamo cómo y quién satisfará este gasto.
  • Comisión por impago o por reclamación de posiciones deudoras: si ves esta comisión en tu préstamo hipotecario, te recomendamos que consultes antes con un asesor financiero, ya que, en los préstamos hipotecarios, se suele incluir por defecto esta cláusula por la cual los bancos pueden cobrar al cliente cierta cantidad en caso de no satisfacer alguna de las cuotas. Sin embargo, el Tribunal Supremo declaró nulas estas comisiones, por lo que, antes de firmar un contrato con esta cláusula, háblalo con el prestamista.

La TAE y el TIN

Muy probablemente hayas visto estos dos acrónimos en tu búsqueda de un préstamo. Ahora bien, ¿sabes a qué se refieren? Estos conceptos los explicamos más detalladamente en este blog, pero, en líneas generales, hacen referencia a lo siguiente:

  • TIN: es el tipo de interés nominal, esto es, la cantidad de dinero que nos cobra el prestamista por disponer del dinero, es decir, se refiere a los intereses. El TIN puede referirse a los intereses trimestrales, semestrales o anuales.
  • TAE: significa «Tasa Anual Equivalente». Se trata de un índice que se expresa en forma de porcentaje anual y que contempla el TIN, la frecuencia de los pagos (es decir, de las cuotas) o de los cobros de intereses, así como los gastos o las comisiones ligados al préstamo que vayamos a contratar.

Requisitos previos para obtener un préstamo

En España, para poder optar a cualquier préstamo, ya sea hipotecario, personal o de otro tipo, debes reunir los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de edad y tener un documento de identidad en vigor, ya sea el DNI, el pasaporte o el carnet de conducir.
  • Saber cuál es la cantidad exacta de dinero que necesitas y para qué vas a utilizar el capital prestado.
  • Garantía de que se devolverá la deuda, bien a través de un aval o de cualquier otro tipo de garantía.
  • Demostrar que eres solvente y que puedes hacer frente a los pagos de las cuotas sin superar tu capacidad de endeudamiento. Para ello, se suele realizar un estudio, en el que averiguarán si estás incluido o no en alguna lista de morosos o si tienes deudas impagadas. Esta parte es muy importante, ya que, si del estudio se desprende que el riesgo de impago es elevado, muy probablemente los intereses serán mayores.

Para la realización de este estudio, muy probablemente, te solicitarán documentación como la siguiente:

  • Justificante de ingresos: si trabajas por cuenta ajena, te pedirán tus últimas nóminas; en cambio, si eres autónomo, te pedirán el certificado de alta de autónomos, las cuotas a la Seguridad Social o la declaración del IVA. Si no trabajas, te pedirán algún justificante de que tienes ingresos regulares.
  • Copia de la declaración del IRPF y del contrato de trabajo, si lo tienes.

Por último, es probable que, para reducir el tipo de interés, y sobre todo si contratas un préstamo con un banco, te pidan que contrates alguno de sus productos o que, a cambio del préstamo, domicilies tu nómina o recibos o contrates algún seguro.

Alternativa a los préstamos

Solicitar un préstamo es un proceso largo y complejo, pero existen alternativas, en caso de que necesites disponer de una pequeña cantidad de dinero de forma inmediata; con los préstamos rápidos podrás obtener tu dinero en cuestión de minutos tras la aprobación de la solicitud, sin tener que dar explicaciones acerca del uso que le darás al dinero, sin tener que facilitar mucha documentación y con la máxima flexibilidad para devolver el dinero en el plazo y las cuotas que desees.

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